Written by 9:53 AM Historial

Desecha TEPJF quejas contra Blanca Alcalá y Dinorah López de Gali

Por la pública presenta:

La Sala Superior desechó de plano la demanda de Pozos, debido a que la presentó de manera extemporánea, por lo que el tribunal ya no revisó el juicio a fondo.


 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concluyó que Blanca Alcalá Ruiz, candidata a la gubernatura del frente PRI– PVEM–Encuentro Social, no cometió actos anticipados de campaña ni ha incurrido en uso indebido de recursos públicos para promoverse. En la misma sesión, también exoneró a Dinorah López de Gali.

Los magistrados determinaron infundada una queja promovida por el PAN contra la abanderada priista y el delegado de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Román Lazcano Fernández, la cual se motivó en las expresiones de reconocimiento del funcionario federal hacia la labor de Alcalá en una reunión oficial con presidentes municipales y comisarios ejidales.

“Se declaran infundados los agravios pues del contenido de la nota periodística se desprende que la línea del discurso tuvo como contexto la celebración del Día Internacional de la Mujer”, concluyó el TEPJF.

El acto público denunciado por Acción Nacional se celebró el 11 de marzo pasado y en éste Román Lazcano manifestó que la ex presidente municipal de Puebla y actual abanderada a titular del Poder Ejecutivo es un “agente de cambio”.

 

Desecha Trubunal queja contra Dinorah López de Gali

En la sesión de ayer, la Sala Superior desechó, además, un juicio de revisión constitucional promovido por el PRI contra el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) por desestimar su queja contra la ex presidente del Patronato del Sistema Municipal DIF, Dinorah López de Gali.

El Revolucionario Institucional acusó una promoción extraterritorial de la imagen de Dinorah López con espectaculares que publicitaron su informe de labores correspondiente al año 2015.

Los magistrados determinaron que las fotografías aportadas por el PRI como pruebas de la difusión son insuficientes para fundamentar la queja, pues al tener el carácter de “indicio” las imágenes “se debieron vincular con otros elementos de pruebas”.

Otros de los casos de Puebla que atendió el TEPJF fue el juicio para la protección de los derechos políticos electorales que promovió Leodegario Pozos Vergara, aspirante a candidato independiente que no logró el registro en el IEE.

La Sala Superior desechó de plano la demanda de Pozos, debido a que la presentó de manera extemporánea, por lo que el tribunal ya no revisó el juicio a fondo.

 

Fuente: La Jornada de Oriente

 

c.c.

(Visited 2 times, 1 visits today)

Last modified: 29 marzo, 2018

Close