La Sala Especializada determinó que se imputaron conductas delictuosas a la priísta sin tener prueba de ello
Por utilizar calumnias en contra de Blanca Alcalá Ruiz en unspot de radio y televisión, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó amonestar públicamente al PAN, Panal, PT, Compromiso por Puebla y Pacto Social de Integración.
La sanción en contra de los partidos que integraron la coalición Sigamos Adelante, se originó en la queja SER-PSC-75/2016 que promovió el PRI en contra del spot “Así es Blanca, no tan blanca”, el cual se pautó ante el Instituto Nacional Electoral (INE) como parte de los espacios de radio y televisión en elperiodo de campaña.
En el análisis hecho por el magistrado ponente Clicerio Coello Garcés, el PAN y sus aliados recurrieron a elementos calumniosos sin tener prueba de que el crecimiento del patrimonio de Alcalá Ruiz se debía a conductas delictuosas.
“Existe una imputación de conductas delictuosas sin sustento probatorio alguno, en razón de que de un análisis integral de los mismos se advierte que no solo están dirigidos a realizar una serie de cuestionamientos sobre el incremento del patrimonio de la candidata, sino que plantean la posibilidad de que el mismo pueda derivarse o provenir de conductas delictuosas, dada la supuesta discrepancia entre el número de inmuebles que presuntamente posee y su sueldo como funcionaria pública”, puntualizó el magistrado.
En el material propagandístico, la coalición Sigamos Adelantecuestionaba que la priísta no transparentó todos sus bienes en la plataforma 3 de 3 (declaración patrimonial, fiscal y de intereses), que construyó un conjunto habitacional de 45 casas, era dueña de un edificio con un valor de 11 millones de pesos y de una gasolinera.
“Blanca Alcalá podría caer en conductas ilícitas. En su 3 de 3 ella declara una cosa y le aparece otra. Qué explique ¿cómo construyó 45 casas con 100 millones de pesos? Que explique ¿cómo desarrollo un edificio de 11 millones de pesos? Que explique ¿cómo se hizo de gasolineras, casas y departamentos? Con tan solo un sueldo de funcionaria, que nos explique ¿o es inexplicable? Así es Blanca no tan blanca”, es el mensaje del spot de radio y televisión.
Aunque los magistrados apoyaron la ponencia de Coello Garcéssobre que el material visual y radiofónico utilizó elementos de calumnia, desecharon los agravios de uso indebido de la pauta y de violencia política de género.
“El proyecto considera que tampoco se actualiza el uso indebido de la pauta en cuanto a la posible violencia política en contra de la candidata, ya que la frase “Así es Blanca, no tan blanca”, debe entender como conclusión de la temática desarrollada en los promocionales, relacionada con una supuesta falta de transparencia en su declaración 3 de 3 y no así de una expresión peyorativa o denigrante a partir de su calidad de mujer”.
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Last modified: 20 junio, 2016